POLÍTICA DE REEMBOLSOS Y/O DEVOLUCIONES

  1. Objeto y alcance

La presente política regula exclusivamente los supuestos ordinarios de cancelación voluntaria, devolución y reembolso respecto de los pagos efectuados a favor de la Universidad por concepto de servicios educativos y demás conceptos accesorios expresamente contratados. Su aplicación se sujetará al contrato de prestación de servicios educativos, al reglamento escolar, a los anexos económicos correspondientes y a la información económica y de cobro que la Universidad tenga formalmente exhibida o puesta a disposición del usuario por medios físicos, electrónicos o institucionales al momento de la contratación o del pago. En caso de discrepancia derivada de la temporalidad, promociones, descuentos temporales o condiciones particulares de contratación, prevalecerán los instrumentos contractuales y anexos económicos expresamente aceptados por el usuario, sin perjuicio de la legislación aplicable. La aceptación de esta política no implicará, en ningún caso, renuncia de derechos legalmente irrenunciables por parte del usuario.

 

  1. Información previa

Previo a la contratación y a la realización de los pagos correspondientes, la Universidad pondrá a disposición del usuario, por cualquier medio físico, electrónico o digital idóneo, la información relativa al costo total a pagar, conceptos incluidos, periodicidad, calendario de pagos, descuentos vigentes, cargos por mora, servicios opcionales, reglamento escolar y la presente política, así como cualquier otra condición económica que resulte aplicable.

 

  1. Revocación en contrataciones celebradas por medios electrónicos o indirectos

En los casos en que la contratación se celebre por medios electrónicos, telefónicos o por cualquier otro medio indirecto sin trato personal directo, el usuario podrá revocar su consentimiento dentro del plazo legal aplicable, siempre que la prestación del servicio no haya iniciado dentro del plazo previsto por la legislación correspondiente. En tal supuesto, la Universidad efectuará la devolución de las cantidades pagadas que legalmente procedan.

 

  1. Cancelación previa al inicio del periodo escolar

4.1. Si el usuario notifica su cancelación con la anticipación prevista en la legislación o disposiciones aplicables, procederá la devolución íntegra de los montos pagados por inscripción o reinscripción, así como de aquellos conceptos pagados por anticipado que no se hubieren devengado.

 

4.2. Si la cancelación se notifica con una anticipación menor a la referida en el numeral anterior, la Universidad únicamente podrá aplicar los cargos administrativos, deducciones o retenciones que hayan sido expresa, previa y claramente informados y aceptados por el usuario al momento de la contratación, inscripción o reinscripción, y que consten en el instrumento contractual o anexo económico correspondiente.

 

4.3. En ningún caso procederán cargos, penalizaciones, deducciones o retenciones que no hubieren sido informados previamente al usuario.

 

  1. Cancelación posterior al inicio del periodo escolar

5.1. Una vez iniciado el periodo escolar correspondiente, las cantidades cubiertas por concepto de inscripción o reinscripción no serán reembolsables, salvo disposición legal expresa en contrario o causa directamente imputable a la Universidad.

 

5.2. Las colegiaturas, mensualidades, parcialidades, módulos o periodos ya iniciados, así como los servicios efectivamente prestados o devengados a la fecha de la baja, cancelación o terminación anticipada, no serán objeto de reembolso.

 

5.3. Las cantidades pagadas por anticipado respecto de periodos futuros no iniciados podrán ser reembolsables únicamente en los casos expresamente previstos en esta política, en el contrato correspondiente o en la legislación aplicable.

 

5.4. Los pagos efectuados por constancias, certificados, trámites administrativos, exámenes, cursos complementarios, servicios opcionales o conceptos análogos sólo serán reembolsables cuando dichos servicios no hubieren sido prestados, gestionados, emitidos o devengados.

 

  1. Supuestos ordinarios de devolución y reembolso

Procederá la devolución total o parcial que corresponda, única y exclusivamente, en los siguientes supuestos:

 

  1. a) cuando exista cobro improcedente, duplicado o en exceso;
  2. b) cuando exista imposibilidad material de prestar el servicio educativo contratado por causa directamente imputable a la Universidad;
  3. c) cuando se trate de pagos anticipados correspondientes a periodos futuros no iniciados, en los casos expresamente previstos en la presente política, en el contrato o en sus anexos; y
  4. d) en los demás supuestos que, en su caso, resulten legalmente exigibles conforme a la legislación aplicable.

 

  1. Exclusiones

La sola manifestación unilateral de inconformidad del usuario, así como las apreciaciones subjetivas, expectativas personales, valoraciones particulares o interpretaciones individuales respecto del servicio educativo, de la operación escolar o de cualquier aspecto académico, administrativo o institucional, no constituirán por sí mismas causal automática de devolución o reembolso, ni implicarán reconocimiento de incumplimiento por parte de la Universidad, salvo disposición legal expresa, resolución firme de autoridad competente o reconocimiento expreso y por escrito emitido por la Universidad.

 

  1. Procedimiento

8.1. Toda solicitud de cancelación, devolución o reembolso deberá presentarse por escrito o por los medios electrónicos autorizados por la Universidad, acompañando la información y documentación razonablemente necesaria para su análisis.

 

8.2. La Universidad acusará recibo de la solicitud dentro de los cinco días hábiles siguientes a su recepción.

 

8.3. La Universidad emitirá resolución respecto de la procedencia o improcedencia de la solicitud dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha en que cuente con la información completa para su análisis.

 

8.4. En caso de resultar procedente, la devolución se realizará preferentemente por el mismo medio de pago utilizado por el usuario o por cualquier otro medio legalmente válido y aceptado por éste.

 

8.5. Tratándose de cobros improcedentes, duplicados o en exceso, la devolución se realizará en los términos y plazos que establezca la legislación aplicable.

 

  1. Interpretación y supletoriedad

La presente política deberá interpretarse sistemáticamente con el contrato de prestación de servicios educativos, el reglamento escolar, los anexos económicos y la legislación aplicable. Cualquier situación no prevista expresamente en este instrumento será resuelta conforme a dichos ordenamientos, sin que ello implique aceptación automática de procedencia en favor del usuario.

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